sábado, 17 de enero de 2015

La operacion judicial contra Cristina entre bambalinas

El abogado Adrián Bastianes, sobre la base de las acusaciones que Nisman hizo esta semana realizo una denuncia contra la Presidenta Cristina Fernandez de Kirchner por TRAICION A LA PATRIA.

La Traicion a la patria esta citada en la Constitucion nacional en su articulo 29" que reza:

" El Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las Legislaturasprovinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poderpúblico, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas delos argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna. Actos de esta naturaleza llevanconsigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a laresponsabilidad y pena de los infames traidores a la patria."

La Ley 23.077 del año 1984, modificó el Codigo Penal adecuandolo a delitos que si bien estaban enunciados en la Constitucion Nacional, no estaban debidamente tipificados en el Codigo Penal 



Artículo 226. – Serán reprimidos con prisión de cinco a quince años los que se alzaren en armas para cambiar la Constitución, deponer alguno de los poderes públicos del Gobierno nacional, arrancarle alguna medida o concesión o impedir, aunque sea temporariamente, el libre ejercicio de sus facultades constitucionales o su formación o renovación en los términos y formas legales. 

Si el hecho descrito en el párrafo anterior fuese perpetrado con el fin de cambiar de modo permanente el sistema democrático de Gobierno, suprimir la organización federal, eliminar la división de poderes, abrogar los derechos fundamentales de la persona humana o suprimir o menoscabar, aunque sea temporariamente, la independencia económica de la Nación, la pena será de ocho a veinticinco años de prisión. 

Cuando el hecho fuere perpetrado por personas que tuvieren estado, empleo o asimilación militar, el mínimo de las penas se incrementará en un tercio. 

Y complementando a este: 

ARTICULO 8º – Agrégase al Código Penal como artículo 227 bis, el siguiente:

Artículo 227 bis. – Serán reprimidos con las penas establecidas en el artículo 215 para los traidores a la patria, con la disminución del Artículo 46, los miembros de alguno de los tres poderes del Estado nacional o las provincias que consintieran la consumación de los hechos descritos en el artículo 226, continuando en sus funciones o asumiéndolas luego de modificada por la fuerza la Constitución o depuesto alguno de los poderes públicos, o haciendo cumplir las medidas dispuestas por quienes usurpen tales poderes. 

Se aplicará de uno a ocho años de prisión o reclusión e inhabilitación absoluta por el doble de la condena, a quienes, en los casos previstos, en el párrafo anterior, aceptaren colaborar continuando en funciones o asumiéndolas, con las autoridades de facto, en algunos de los siguientes cargos; ministros, secretarios de estado, subsecretarios, directores generales o nacionales o de jerarquía equivalente en el orden nacional, provincial o municipal, presidente, vicepresidente, vocales o miembros de directores de organismos, descentralizados o autárquicos o de bancos oficiales o de empresas del Estado, sociedades del Estado, sociedades de economía mixta, o de sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, o de entes públicos equivalentes a los enumerados en el orden nacional, provincial o municipal, embajadores, rectores o decanos de universidades nacionales o provinciales, miembros de las fuerzas armadas o de policía o de organismos de seguridad en grado de jefes o equivalentes, intendentes municipales, o miembros del ministerio público fiscal de cualquier jerarquía o fuero, personal jerárquico del Parlamento Nacional y de las legislaturas provinciales. 

Si las autoridades de facto crearen diferentes jerarquías administrativas o cambiaren las denominaciones de las funciones señaladas en el párrafo anterior, la pena se aplicará a quienes las desempeñen, atendiendo a la análoga naturaleza y contenido de los cargos con relación a los actuales. 


Entendiendo a  la traición como una deslealtad,y suponiendo que los argumentos abogado denunciante  fuesen ciertos la acusacion de TRAICION a la PATRIA no cuadra ni con lo establecido por la Constitucion Nacional ni en el Codigo Penal, por ende no nos queda mas que pensar que detras de esta avanlancha de denuncias se esconde una fenomenal operacion politica que encabezan elementos del poder judicial, empleados por las corporaciones con la complicidad de sectores politicos que entienden como este el unico camino para evitar un triunfo del FPV en octubre. 


Analizando el aluvion de denuncias tambien debemos pensar que los encuestadores que predicen un ballotage para octubre o estan equivocados o han alertado a las corporaciones que el FPV triunfara y que hay que pararlo,y que las denuncias  que al ser absurdas e inconsistentes  no prosperaran, sino para sembar dudas entre la poblacion.

Los Fiscales,  Medios de comunicacion y politicos que estan detras de esta operacion que se asemeja en mucho a un intento de  golpe de estado judicial, no advierten que al caerse la  operacion montada la intencion de voto hacia  el FPV crecera, al mejor estilo Nazi del "miente, miente que algo quedara" esperan taladrar el cerebro de los argentinos con  denuncias grandilocuentes, ya que denunciar a un Presidente por traicion a la patria no solo es grave, sino que grave tambien para quien denuncia y n o puede probarlo.

Estimados amigos hemos acercado a Ustedes los argumentos Constitucionales y Penales por los cuales esta denuncia es tan o mas absuda que la del Fiscal Nisman  quien tras 10 años de investigaciones sobre el tema AMIA no solo no ha llegado a ninguna conlusion, sino que pretende cubrir su ineptitud , con la  vieja estrategia de acusar al otro.

La pregunta es la siguiente, si  la  Presidenta es traidora  a la patria, vaya a saber con que argumentos, donde estaban este fiscal y este abogado cuando descaradamente Menem entrego el patrimonio nacional, los recursos energeticos, nuestras empresas y  entablo relacionales carnales con EEUU, no recordamos NINGUNA ACUSACION de TRAICION A LA PATRIA.

Estas operaciones busca desalentar a la poblacion, llenarla de dudas y si es posible cargarse a la Presidenta antes del 10 de diciembre, sin tener en cuenta lo extemporaneo del ataque, lo inconsistente de los argumentos y la ridiculez de quienes denuncian.

La Presidenta entregara los atributos del mando el 10 de diciembre como lo establece la Constitucion, aunque empleados de las corporaciones vengan degollando, ahora si quieren correr que corran con el cuchillo y no  con la Vaina, no?

San MIguel , Vamos por mas!
17 de enero de 2015

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